La Justicia ordenó al PAMI y al Ministerio de Salud restablecer los pagos a prestadores de discapacidad
Un juez federal de Córdoba dictó una medida cautelar para garantizar la continuidad de tratamientos y servicios esenciales para personas con discapacidad ante las demoras en los pagos estatales.
El Juzgado Federal N°3 de Córdoba ordenó al PAMI y al Ministerio de Salud de la Nación normalizar en un plazo máximo de 72 horas los pagos a prestadores de discapacidad. La resolución fue dictada por el juez Miguel Hugo Vaca Narvaja tras un amparo colectivo presentado por instituciones y centros terapéuticos que denunciaron graves demoras en la acreditación de fondos.
La medida cautelar fue impulsada por la abogada Marta Lastra, en representación del colectivo Defendamos Córdoba, junto a distintas entidades vinculadas a la atención de personas con discapacidad, entre ellas Apadim y el Pequeño Cottolengo Don Orione. Además, participaron centros terapéuticos locales que alertaron sobre el riesgo de interrupción de tratamientos esenciales.
Según el fallo, la resolución busca proteger a titulares de pensiones no contributivas y beneficiarios del Certificado Único de Discapacidad (CUD), garantizando la continuidad de prestaciones médicas, terapéuticas y farmacológicas que se encontraban comprometidas por la falta de pagos.
En ese sentido, el magistrado advirtió que las demoras crónicas y la interrupción en la entrega de medicamentos representan un “riesgo inminente” para un sector especialmente vulnerable.
Asimismo, sostuvo que el Estado nacional intentó “evadir o dilatar” sus obligaciones constitucionales vinculadas a la protección integral de las personas con discapacidad.
Por otra parte, la resolución judicial expuso las consecuencias económicas que el desfinanciamiento provocó en distintas instituciones. Entre los casos mencionados, el juez destacó la situación del Pequeño Cottolengo Don Orione, que debió afrontar más de 41 millones de pesos en intereses ante ARCA por aportes y contribuciones impagas durante 2026 debido al atraso en los pagos estatales.
Además, el fallo se enmarca en la vigencia de la Ley 27.793, que declaró la emergencia nacional en materia de discapacidad hasta diciembre de 2026. Bajo ese contexto, el juez consideró que el Estado debe garantizar de manera inmediata el financiamiento de las prestaciones esenciales.
La cautelar tendrá una vigencia inicial de seis meses o hasta que exista una sentencia firme sobre el amparo colectivo. Asimismo, el magistrado advirtió que el incumplimiento de la orden judicial podría derivar en sanciones legales para los organismos nacionales involucrados.
admin
Comentarios
Deja tu comentario