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La Cámara Federal de Casación Penal le dio la razón al Ministerio Público Fiscal en su impugnación contra la resolución del camarista Aníbal Pineda que había suspendido sin plazo las investigaciones contra el ex juez federal Marcelo Martín Bailaque, imputado en tres causas por presunta corrupción en el ejercicio de sus funciones, hasta que la Corte Suprema de Justicia nacional definiera si los legajos deben tramitarse bajo el viejo Código Procesal Penal o el nuevo, que entró en vigencia en Rosario en mayo de 2024.

La resolución también había sido impugnada por la defensa del ex magistrado y por los abogados de otro involucrado en una de las causas, el escribano santafesino Santiago Busaniche. El fallo de Casación, firmado por Carlos Mahiques, Daniel Petrone y Gustavo Hornos, indica que no existen normas que justifiquen la decisión de Pineda, y que las investigaciones deben continuar su curso mientras la Corte resuelve el incidente antes mencionado.

En su impugnación, los fiscales que investigan a Bailaque consideraron que la sentencia de Pinera era “arbitraria”, pues construye una categoría de suspensión “diferida hasta después del art. 280 del CPPF que no se apoya en ningún texto legal, sino en una elaboración propia del magistrado que, precisamente por carecer de anclaje normativo, se presenta como determinada por su sola voluntad”.

Especificaron que “la resolución impugnada, al postergar indefinidamente la realización del juicio hasta que la Corte Suprema se expida sobre la ley aplicable, produce exactamente el efecto que la norma busca evitar: la paralización del proceso por causa de una cuestión de competencia pendiente”.

Bailaque está imputado en tres causas: una por presunta extorsión a dos agentes bursátiles a los que les habría pedido 200 mil dólares para no involucrarlos en un expediente judicial; otra por el manejo de fondos millonarios de una cooperativa del Gran Rosario que había sido intervenida judicialmente; y la última por las supuestas actuaciones en un legajo que habrían beneficiado al narco Esteban Alvarado, cuyo contador es amigo del ex magistrado.

El ex juez fue imputado por esos delitos con prisión preventiva domiciliaria. A la vez, elevó su renuncia al Poder Ejecutivo antes de ser destituido por el Consejo de la Magistratura, y el presidente Javier Milei se la concedió, de manera tal que puede acogerse al beneficio jubilatorio del Poder Judicial.

En medio de las disputas, el camarista Pineda firmó una resolución poco frecuente que suspendió el trámite de las causas hasta que la Corte defina con qué código procesal deben tramitar los casos. Explicó que lo hizo para evitar la nulidad de una eventual sentencia contra el ex juez.

Contra esa resolución presentaron impugnaciones ante Casación Federal tanto la Fiscalía como la defensa de Bailaque, y la Cámara resolvió que las causas deben seguir su curso, con independencia del recurso ante la Corte sobre la norma aplicable.

El juez Petrone sostuvo que la suspensión fue dispuesta “por fuera de toda previsión legal” y recordó que el nuevo sistema procesal se rige por los principios de celeridad, concentración, simplicidad y desformalización. También advirtió que una paralización sin plazo determinado resulta incompatible con el derecho a obtener una resolución judicial dentro de un plazo razonable.

Los jueces remarcaron que las tres investigaciones contra Bailaque están relacionadas, ya que se trata de hechos atribuidos a la misma persona y vinculados con su actuación como magistrado. Las investigaciones tuvieron incluso una audiencia de formalización conjunta y el Ministerio Público Fiscal pidió que, en su momento, fueran llevadas a un único juicio oral.

Por eso, para Casación, mantener una causa detenida mientras las otras avanzan podía terminar fragmentando el juzgamiento. Esa situación podía generar producción de pruebas por separado, decisiones contradictorias y nuevas demoras. De hecho, los fiscales plantean que Bailaque vaya a juicio por los tres casos en forma unificada.

Autor: admin